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REGLAMENTO DE INSTALACIONES DOMICILIARIAS DE AGUA POTABLE Y
ALCANTARILLADO (RIDDA)
SEGUNDA PARTE
DE LAS NORMAS TÉCNICAS
T I T U L O III : Diseño y cálculo de las Instalaciones Domiciliarias de Agua Potable
Artículo 51º: El diseño y cálculo de las instalaciones domiciliarias de agua potable (IDAP) debe
garantizar en toda circunstancia la preservación de la potabilidad del agua y un suministro
adecuado a cualquier artefacto, ciñéndose para ello a las normas chilenas, instrucciones de la
Superintendencia y las prácticas corrientemente empleadas en ingeniería sanitaria. Asimismo,
el diseño y los materiales consultados deben asegurar el buen funcionamiento y durabilidad de
las instalaciones, durante la vida útil prevista del inmueble al cual va a servir.
En un proyecto domiciliario de agua potable y alcantarillado no podrá haber exceso de
soluciones diseñadas al límite de las normas de este Reglamento, salvo aquellos casos
excepcionales calificados por la Superintendencia.
Artículo 52º: Los cálculos y condiciones básicas de las IDAP deberán cumplir con lo
indicado en la norma chilena NCh 2485 y con las siguientes especificaciones:
a. Diámetros mínimos
El diámetro mínimo de las tuberías a utilizar en las instalaciones domiciliarias de agua
potable será D = 13 mm, para tuberías de cobre y D = 16 mm. para tuberías de material
plástico. Todos los diámetros deberán determinarse mediante cálculo.
Sin embargo lo anterior, se podrá utilizar tubería de cobre de diámetro D = 10 mm, en el
tramo a la vista de la conexión a la llave o artefacto, con una longitud máxima de 20 cm.
b. Gastos máximos instalados y probables
b.a. En el Anexo Nº 3, se indican los gastos instalados por artefactos, que debe utilizarse
para el cálculo de los diámetros de las tuberías. Se emplearán los mismos valores para
instalaciones de agua fría como para aquellas de agua caliente.
La suma de los gastos instalados con agua fría determinará el gasto máximo instalado en
L/min.
Salvo consideraciones propias del proyecto, se podrá efectuar el cálculo de los caudales
totales, sin incluir el consumo de agua caliente de calefón, calderas u otros.
b.b. El gasto máximo probable (QMP) en L/min., se calculará a partir del gasto instalado
mediante la siguiente fórmula:
Ramales con grifería corriente:
Q.M.P. = 1.7391* QI^ 0.6891
Donde:
QI: Gasto instalado en L/min.
QMP: Gasto máximo probable en L/min.
b.c. Para ramales con válvulas automáticas se deberán cumplir con las especificaciones del
fabricante.
El gasto máximo probable total de una instalación con ramales que cuenten simultáneamente
con grifería corriente y válvulas automáticas. (Instalaciones mixtas), está dado por la suma de
los gastos máximos probables independientes de ambos tipos de artefactos, salvo justificación
del proyectista.
b.d. En todo caso, para el dimensionamiento de las instalaciones se podrá emplear un gasto
de diseño diferente al gasto máximo probable. Su valor mínimo deberá ser debidamente
justificado por el proyectista y su máximo corresponderá al gasto instalado, el que deberá ser
aceptado en forma expresa por el Prestador, todo lo cual quedará establecido en el plano del
proyecto.
b.e. El cálculo de los diámetros, pérdidas de carga y presiones en cada punto, deberá
resumirse en forma de cuadro ordenado según tramos de tuberías.
Se recomienda la utilización de un cuadro de cálculos similar al que se indica a continuación, al
que el proyectista podrá hacer las variaciones que estime conveniente, de acuerdo con la
complejidad del proyecto.
c. Cálculos y condiciones del medidor:
c.a Pérdida de carga en el medidor
Para el cálculo de la pérdida de carga en el medidor podrá utilizarse la fórmula siguiente, para
medidores de transmisión mecánica de diámetro igual o inferior a 38 mm.
K= 0.036 (QMP/C)2.
En que:
QMP: Gasto máximo probable en L/min.
C: Capacidad máxima del medidor en m3/día.
K: Pérdida de carga en m.
En todo caso, será obligación del proyectista justificar técnicamente el empleo de otra
expresión o de valores específicos correspondientes a medidores de otras características
distintas a los mecánicos. Para medidores de diámetros superiores a 38 mm. deben utilizarse
las tablas que entreguen los fabricantes:
c.b. Capacidad máxima de los medidores
Para la determinación del diámetro del medidor se podrá utilizar la tabla siguiente hasta un
diámetro de 38 mm. o especificaciones del fabricante. Para diámetros superiores deberá
recurrirse a las especificaciones del fabricante del medidor correspondiente.
Para calcular el diámetro del medidor requerido, se aplicará la tabla anterior en función de la
demanda máxima de la instalación en m3/día, conforme a las tablas que la Superintendencia
emitirá periódicamente.
Para tal efecto, los consumos máximos diarios en instalaciones domiciliarias de agua potable
establecidos en el Anexo Nº 4 sólo tendrán valor referencial, pudiendo modificarse estas tablas
mediante resoluciones de la Superintendencia. Sin perjuicio de lo anterior, el proyectista podrá justificar otros valores.
En instalaciones sin estanque será necesario calcular además, el gasto de diseño de la
instalación en l/min. a base de los valores que figuran en Anexo Nº 3, y se determinará el
diámetro del medidor de acuerdo con la tabla anterior.
En caso de discordancia con el diámetro fijado por el consumo máximo diario, se adoptará el
mayor.
Excepcionalmente, con notificación previa al usuario, el prestador podrá modificar, a su costo,
el diámetro del medidor, basándose en mediciones efectivas del consumo que registre el
inmueble.
Cualquier discrepancia con relación a esta disposición, entre el prestador y el
interesado, a solicitud de cualquiera de las partes, resolverá la Superintendencia.
c.c. Instalación de medidores y remarcadores
Los medidores y remarcadores deben ser instalados de acuerdo con lo estipulado en las
Normas Chilenas.
Estos deben ser colocados en posición horizontal, salvo aquellos expresamente fabricados
para ser colocados en otras posiciones. Los diámetros de las tuberías ubicadas antes y
después del medidor deberán ser iguales a lo menos en una extensión de 5 diámetros, o de
acuerdo con las especificaciones del fabricante.
Los medidores se instalarán junto a la línea oficial a la entrada del inmueble si es posible y en
todo caso, en un lugar de fácil acceso y sin obstáculos para su lectura.
En edificios y conjuntos habitacionales que tengan una conexión única a la matriz pública de
agua potable, el proyecto de la instalación domiciliaria de agua potable del edificio o conjunto
deberá incluir la instalación de un medidor remarcador en los espacios comunes para cada
departamento o inmueble, y medidores remarcadores para registrar los consumos comunes.
En los arranques cuyo diámetro sea igual o superior a 50 mm., debe considerarse la instalación
de un filtro de rejilla antes del medidor si éste no lo lleva incorporado.
Los medidores deberán ir instalados con protección adecuada, contra daños producidos por
golpes y factores climáticos propios de la zona.
Las pasadas de las tuberías de agua potable a los pisos superiores de los edificios de
departamentos habitacionales a oficinas, no podrán proyectarse por el interior de los
departamentos, debiendo ubicarse en sitios comunes que siempre tengan acceso a través de
un espacio general del edificio y que permita la instalación del remarcador.
d. Determinación de las pérdidas de carga
d.a. La determinación de las pérdidas de carga, será efectuada por el proyectista de acuerdo
con fórmulas, tablas y ábacos correspondientes a cada materia, no aceptándose sobre el punto
de salida del artefacto situado más desfavorablemente, una presión menor a 4 mca para IDAP
alimentadas desde la matriz, considerándose ésta en condición de presión de día de máximo
consumo en período de punta, ó 7 mca cuando se abastece desde medios mecánicos, ni una
velocidad superior a 2,5 m/s en las tuberías exteriores y de distribución principal y 2 m/s en las
tuberías de la red interior.
La velocidad en tuberías deberá corresponder a las señaladas en el punto 5.3 de la
norma chilena NCh 2485. Sin embargo lo anterior en casos de materiales con nuevas
tecnologías que acepten velocidades mayores a las indicadas, éstas podrán utilizarse
previa justificación técnica del fabricante o importador ante la Superintendencia, y previa
solicitud de modificación de la referida norma ante el INN.
d.b. El cálculo de las pérdidas de carga se iniciará en la llave de paso ubicada después del
medidor, siendo necesario considerar aquellas producidas en las tuberías de la instalación
interior y calentador empleado, indicando las características técnicas de este último en el plano
del proyecto.
e. Llaves de paso
Toda sala de servicio (baño, cocina, etc.), deberá llevar a lo menos una llave de paso de agua
fría y otra de agua caliente, que permita independizarla del resto de los servicios del inmueble.
f. La presión mínima para el diseño de la instalación domiciliaria de agua potable será la
establecida en la Norma Chilena NCh 2485. En los casos de excepción que permite esta
norma, respecto a que no se alcance la presión mínima 14 m.c.a. después de la llave de paso
aguas abajo del medidor, el prestador deberá justificar técnicamente esta situación teniendo
presente que la red pública debe cumplir siempre con las presiones mínimas especificadas en
la NCh 691.
g. El diámetro definitivo del medidor será aprobado por el Prestador sobre la base del
proyecto domiciliario presentado y podrá ser distinto al diámetro del arranque, no pudiendo
afectar la calidad de la instalación interior.
Definiciones Ordenanza general urbanismo y Construcciones
Colegio de arquitectos de Chile